CONDUCCIÓN Y ALCOHOL

El consumo de alcohol produce una serie de síntomas, incluso cuando el nivel de alcoholemia se encuentra por debajo de la tasa legal permitida, que hacen que el alcohol y la conducción sean incompatibles. Los síntomas van desde una pequeña disminución en los reflejos, a trastornos motores, subestimación de la velocidad, aumento del tiempo de respuesta, incoordinación, pérdida de la agudeza visual, etc.

Se observa una relación lineal entre el nivel de alcoholemia y la probabilidad de sufrir un accidente, según se muestra en la siguiente tabla.

INFRACCIONES Y SANCIONES

(Las sanciones pueden ser acumulables)

El Código penal y la Ley de Circulación de Vehículos a Motor imponen unos límites máximos:

1

No podrán conducir ciclomotores, motos ni otros vehículos a motor quieren superen una tasa de 0’5 gr/l de alcohol en sangre o 0’25 mg/l en aire espirado.

2

Si, además, no se han cumplido los dos años de antigüedad del permiso de circulación o se conducen vehículos de mayor tamaño, no se pueden superar los 0’3 gr/l de alcohol en sangre o los 0’15 de mg/l de alcohol en aire espirado.

Nota: Los conductores de bicicletas tienen las mismas obligaciones y restricciones que el resto de conductores.

Beber y conducir significa poner en peligro la vida del conductor y la de los demás.

Para asegurar una movilidad nocturna segura, al salir de marcha, se puede elegir de común acuerdo un Conductor Alternativo: el amigo esa noche no bebe nada de alcohol y conduce el vehículo en el que todos se desplazan.